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Recurso de protección rechazado por Corte de Antofagasta.

Servicio Nacional de Migraciones no vulnera derechos constitucionales por no emitir pronunciamiento sobre solicitudes de residencia temporal de extranjeros fuera de Chile, en razón del aumento exponencial de peticiones de esa naturaleza.

Existen más de 13.000 recursos de protección y amparo presentados entre el año 2021 y 2022 en contra del Servicio, donde más del 80% corresponden a denuncias por el tiempo de tramitación de solicitudes de permisos de residencia, por lo que se le da prioridad a los que escogieron esa vía en desmedro de las más de 500.000 solicitudes de residencia que tramita la autoridad migratoria en la actualidad, informa el recurrido.

10 de abril de 2024
Recurso de amparo acogido.

Servicio de Salud debe a la brevedad ejecutar las acciones para descongestionar la red asistencial de salud mental para que imputado de cumplimiento a la internación provisional, resuelve Corte de La Serena.

Si bien ha sido privado de su libertad en virtud de una medida dictada conforme a derecho, en los hechos, debe soportar tal régimen cautelar en condiciones diferentes (inferiores y deficientes) a aquella que le corresponde conforme al ordenamiento jurídico vigente.

10 de abril de 2024
Derecho al trabajo.

Autoridades deben ponderar derechos de vendedores ambulantes al implementar políticas de recuperación del espacio público, resuelve la Corte Constitucional de Colombia.

Las autoridades deben propender por la recuperación del espacio público armonizando este deber con la garantía del derecho al trabajo de aquellos vendedores informales que, amparados por el principio de confianza legítima, se han ubicado en las zonas que se pretenden recuperar. Dicha armonización se logra implementando políticas públicas de reubicación y formalización económica.

10 de abril de 2024
Audiencia Provincial de Asturias.

Una valoración probatoria solo puede ser tachada de irracional si se utilizan criterios de le den valor a la prueba que respondan a fórmulas epistémicas absurdas, a máximas de experiencia inidentificables o al desnudo pensamiento mágico, ignoto o inexplicable.

El control de racionalidad de las decisiones absolutorias por parte de los tribunales superiores debe hacerse no desde posiciones subrogadas, de sustitución de un discurso racional por otro que se estima más convincente o más adecuado, sino mediante la aplicación de un estándar autorrestrictivo o de racionalidad sustancial mínima.

10 de abril de 2024
Páginade 5789