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Recurso de unificación.

No opera sanción de nulidad del despido cuando sentencia reconoce existencia de una relación laboral respecto de un dependiente que tenía un contrato a honorarios celebrado con un órgano de la Administración del Estado.

Concurre un elemento que autoriza a diferenciar la aplicación de la sanción en comento, cual es que fueron suscritos al amparo de un estatuto legal determinado que, en principio, les otorgaba una presunción de legalidad, lo que permite entender que no se encuentran típicamente en la hipótesis para la que se previó la figura de la nulidad del despido.

27 de julio de 2020
Recurso de nulidad acogido.

Licencias médicas son documentos que permiten al beneficiario hacer valer los seguros de salud en cuanto al pago de subsidios, pero no son los únicos documentos idóneos para justificar la ausencia del trabajador.

El fallo señala que se equivoca el sentenciador al exigir que la licencia médica deba presentarse en forma oportuna, pues lo relevante es que se encuentre justificada la ausencia, lo que en la especie sucedió, pues la demandante sí contaba con una licencia médica y además la empleadora tenía conocimiento positivo del accidente sufrido por la demandante.

27 de julio de 2020
Páginade 5747