CS confirmó sentencia que declaró inadmisible protección contra Fiscal Nacional y Jueza de Garantía de Temuco por formalizar y re formalizar una investigación.
No se desprende que pueda existir vulneración de las garantías indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, que requiera del amparo Constitucional que la citada norma otorga.