CS confirmó sentencia que declaró inadmisible protección respecto de resolución dictada por Jueza de Familia de Cañete.
La Corte de Concepción indicó en su oportunidad que no constó de los hechos expuestos que éstos constituyan vulneración de alguna de las garantías constitucionales señaladas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República.