Corte de Rancagua ordena a empresas mineras indemnizar a trabajador que enfermó de silicosis.
El Tribunal de alzada invalidó la sentencia impugnada, dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo de Rancagua.
El Tribunal de alzada invalidó la sentencia impugnada, dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo de Rancagua.
El Tribunal de alzada rechazó el recurso y solicitud de decaimiento presentada por la clínica privada.
Conforme a lo preceptuado en el artículo 3 del Código del Trabajo, dichas prestaciones se encuentran contempladas exclusivamente para aquellos que la señalada norma legal entiende bajo el concepto de trabajadores, es decir, quienes laboran bajo un vínculo de dependencia o subordinación y en virtud a un contrato de trabajo que los vincule con el empleador.
El plasma es necesario para el avance de los ensayos clínicos que se desarrollan en el país.
En su resolución, la Magistratura constitucional sostuvo que concurre la causal de inadmisibilidad prevista en el numeral 6 del artículo 84 de la LOCTC, esto es, adolecer de falta de fundamento plausible.
CA argentino reconoce a una niña como hija, tanto de su padre biológico, como de su padre socioafectivo con quien convive desde su nacimiento.
Por otro lado, rechaza el amparo referido a los horarios de entrada y salida de Palacio y sobre las declaraciones realizadas por el Presidente ese día.
En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.
La declaración no fue solicitada por la defensa en el momento procesal oportuno, por lo que la petición se declaró extemporánea.
La Corte Suprema señaló que, yerran los sentenciadores al considerar comprobada la causal de terminación del contrato de trabajo contenida en el numeral 1 del artículo 159 del Código del Trabajo.