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Recurso de casación rechazado.

CS confirma fallo que condenó a clínica privada por infracción a la lex artis, en virtud de la cual los profesionales médicos están obligados a respetar las reglas del oficio.

La sentencia indica que las acciones de salud deben cumplir parámetros de asistencia, cuidado y diligencia correspondientes a un profesional promedio, experto en su especialidad, que actúa cumpliendo los reglamentos que resultan exigibles y que atiende adecuadamente el contexto del caso y sus particularidades, desplegando todos sus conocimientos y medios para diagnosticar adecuadamente la enfermedad y curarla si ello es posible.

29 de junio de 2020
Recurso de protección acogido.

Corte de Rancagua ordena a empresa de retail abstenerse de efectuar llamados y enviar mensajes telefónicos de cobros.

Existe un ámbito de protección de las personas que se encuentra referido, precisamente, a su integridad psíquica, el que no puede ser vulnerado por los proveedores aun en caso de deudas, pues si bien se permite efectuar llamados telefónicos a la morada del deudor durante días y horas hábiles, tales conductas no pueden afectar la privacidad del hogar.

29 de junio de 2020
Páginade 5747