CS confirmó fallo que rechazó amparo en contra de TOP de Viña del Mar por negar adecuación de pena.
El condenado había sido condenado con una agravante actualmente derogada.
El condenado había sido condenado con una agravante actualmente derogada.
Ambos huyeron de Venezuela por razones económicas.
El objetivo principal del proyecto ingresado es establecer la modalidad de elección directa, secreta y universal en aquellas elecciones.
El máximo Tribunal español estableció que el plazo aplicable era de quince años.
Esta actuación fue a consecuencia de los cambios estructurales motivados por la reciente asunción del nuevo Alto Mando.
El ente contralor adujo que, esto, debido a que se contemplan unidades diversas y sin sujeción a los niveles jerárquicos establecidos en la normativa vigente.
El máximo Tribunal señaló que acción de amparo no es la vía para revisar condenas.
El caso está relacionado con una serie de violaciones en el marco de los juicios políticos que culminaron con las destituciones de las víctimas de sus cargos de Ministros de la Corte Suprema de Justicia de Paraguay en 2003.
El máximo Tribunal confirmó la sentencia que ordenó pagar las sumas de$6.154.890 por concepto de daño emergente, y $30.000.000 por concepto de daño moral, a cada uno de los cinco demandantes.
El Tribunal de alzada ratificó la sentencia impugnada, dictada por el 17° Juzgado Civil de Santiago, que acogió la excepción de falta de legitimación pasiva presentada por el Fisco.