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Tercer informe.

CS remite al Senado informe sobre proyecto de ley de Estatuto Chileno Antártico.

El oficio agrega que en cuando al artículo 49, habiéndose modificado y acogido parcialmente las recomendaciones en el informe anterior, se reitera la conveniencia de que el régimen sancionatorio respecto de las infracciones 3 y 4 del artículo 48 quede entregado a la Superintendencia de Medio Ambiente y las reclamaciones en su contra al Tribunal Ambiental.

14 de febrero de 2020
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