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Requerimiento de inaplicabilidad.

Norma que traspasa obligaciones para con los trabajadores al continuador legal, se impugna ante el Tribunal Constitucional.

El requirente alega que las normas legales objetadas infringen el principio de legalidad y de proporcionalidad, la igualdad ante la ley, la libertad contractual laboral, y el derecho de propiedad, ya que no sólo la empresa primitiva aún existe, sino que además la demandante nunca prestó servicios para el continuador legal.

10 de noviembre de 2023
Ley 21.601.

Hoy comienza a regir la nueva Ley de Tránsito.

Luces, venta de bencina y multas: todo lo que tienes que saber de la nueva Ley de Tránsito. Revisa los motivos por los que Carabineros podría sacar de circulación tu vehículo a partir de este viernes 10 de noviembre.

10 de noviembre de 2023
Derechos a la educación y a la alimentación.

Corte Constitucional de Colombia insta a las autoridades a evaluar el nivel de cobertura de los programas de alimentación escolar dirigidos a adolescentes.

El objetivo de ampliar la cobertura se justifica en el mandato de progresividad de los derechos, el cual demanda que a medida que el Estado tenga mayores capacidades se garanticen en mayor medida los derechos de las personas. Se observó la necesidad de aumentar la protección de los adolescentes, porque no cuentan con amplias alternativas para la satisfacción de sus necesidades de alimentación escolar.

10 de noviembre de 2023
Requerimiento de inaplicabilidad acogido a trámite.

Norma que faculta al tribunal a fallar el incidente de plano sin recibirlo a prueba, se impugna ante el Tribunal Constitucional.

El requirente alega que la norma legal objetada infringe el derecho a un justo y racional procedimiento, el derecho al debido proceso, su derecho a defensa, a producir pruebas, y el principio de seguridad jurídica, al privarlo del derecho a presentar pruebas para acreditar que efectivamente no fue notificado.

10 de noviembre de 2023
Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Albania vulneró las garantías del debido proceso por la imposibilidad de juzgar penalmente a una autoridad que habría tenido responsabilidad en una explosión que causó numerosos muertos.

Se ha establecido que la obligación procesal del Estado en virtud del artículo 2 de la Convención requiere una respuesta de derecho penal, y que a las víctimas se les debe dar la oportunidad de participar en este proceso, en la medida necesaria para salvaguardar sus intereses legítimos. Esto no puede compensarse con la posibilidad de que puedan presentar una demanda civil separada, ya que dicho procedimiento no examinaría la responsabilidad penal del acusado.

10 de noviembre de 2023
Páginade 5783