CS de Argentina declaró inadmisible recurso extraordinario contra sentencia que declaró nulidad de multa impuesta por la Dirección Nacional de Comercio Interior.
La decisión fue acordada con la disidencia del Ministro Rosenkrantz, quien sostuvo que corresponde descalificar el pronunciamiento recurrido en tanto omitió considerar las expresas disposiciones de la ley 22.802.