CS condenó a Servicio de Salud indemnizar por muerte de recién nacido en hospital de Quilpué.
En este caso el elemento causal del daño producido es la falta personal de las funcionarias del Servicio recurrido.
En este caso el elemento causal del daño producido es la falta personal de las funcionarias del Servicio recurrido.
Concluye la sentencia revocando sin costas, la sentencia apelada, de 05 de octubre de 2015.
Pese a que los carteles son sancionados por el derecho civil, sus acciones en contra de empresas y personas particulares constituyen un delito penal.
La gestión pendiente invocada recae en autos sobre el delito de violación, seguidos ante el Tribunal de Juicio Oral de Calama.
Manifiesta la sentencia que el Tribunal ha reconocido con anterioridad que los partidos políticos pueden sancionar a un afiliado.
La gestión pendiente invocada recae sobre recurso de apelación conocido por la Corte de Apelaciones de Santiago.
En el caso que el empleador extienda en forma unilateral los beneficios a los trabajadores no sindicalizados, será considerada como práctica antisindical.
El proyecto avanzó a segundo trámite constitucional y corresponde ahora que sea analizado y discutido por el Senado.
La decisión fue adoptada con el voto en contra de la Ministra Egnem, quien estuvo por confirmar el fallo apelado.
La CS declaró nula la sentencia pronunciada el nueve de abril de dos mil trece, por el Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel.