Noticias

Recurso de nulidad rechazado.

Resulta necesario el informe previo del Compin para declarar «incompatibilidad» de la salud del docente.

La voluntad del legislador expresada en la Ley 21.093 hace obligatoria y vinculante para los Alcaldes o sostenedores la evaluación que el inciso tercero del artículo 72 bis del Estatuto Docente impone para emitir el pronunciamiento sobre el cese de funciones del personal docente municipal por la causal de salud irrecuperable o incompatible.

31 de mayo de 2020
Páginade 5787