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Interpuestas por comunidades indígenas y habitantes de la comuna de Copiapó.

Segundo Tribunal Ambiental escuchó alegatos en 7 reclamaciones que buscan anular la aprobación ambiental del proyecto minero Blanco.

El proyecto tiene por objeto la producción de carbonato de litioy cloruro de potasio  para su comercialización. Se localizará en la Cordillera de los Andes de la Región de Atacama, específicamente en el sector septentrional de la cuenca del Salar Maricunga, aproximadamente a 3.760 m.s.n.m., contemplando la ejecución de obras y acciones en las regiones de Atacama y Antofagasta.

2 de noviembre de 2023
Moción de diputadas y diputados.

Proyecto de ley busca prohibir la fabricación, importación, exportación, uso, tenencia, distribución y transferencia a cualquier título de productos que contengan la hormona Gonadotrofina Coriónica equina de yegua gestante.

La hormona se extrae desde yeguas gestantes para optimizar la productividad y rentabilidad del ganado de ovejas, cabras y cerdos, controlando nacimientos y la reproducción, como también los intervalos entre fertilización y favorecer la ovulación.

1 de noviembre de 2023
Recurso de amparo rechazado por Corte de Valparaíso.

No es obligación mantener a los reclusos cerca de su lugar habitual de residencia para garantizar su derecho a visitas.

Tanto la autoridad penitenciaria y el juez a quo obraron con mérito para solicitar y decretar el traslado contra el que se reclama, atendido el número y gravedad de los ilícitos por los que fueron formalizados ambos amparados, circunstancia que permite también descartar algún tipo de arbitrariedad.

1 de noviembre de 2023
Recurso de protección rechazado.

Suspensión de la diputada Maite Orsini de las filas de bomberos por un plazo de 6 meses, se confirma por la Corte de Santiago.

La honorable se ausentó de las actividades obligatorias de la institución por más de 90 días sin presentar un motivo justificado, sosteniendo que las inasistencias se le deben perdonar por el mero hecho de ser Diputada de la República, argumento que no encontró asidero en la magistratura, que estimó que la sanción impuesta por Bomberos se ajustó a derecho.

1 de noviembre de 2023
Mejor derecho de posesión.

No basta acreditar la ausencia física del poseedor del inmueble para alegar la perdida de posesión por abandono, es necesario acreditar su intención de abandonarlo, resuelve la Corte Suprema de Perú.

El abandono físico del bien debe encontrarse acreditado de manera fehaciente e indubitable y no sobre la base de una “presunción”. Tal conforme razona equivocadamente el a quo, por cuanto el hecho que la accionante haya efectuado un “gran movimiento migratorio” no puede servir como sustento objetivo para razonar que ha existido un alejamiento de la recurrente en relación al predio, tanto más cuando el alejamiento físico del bien no genera per se una pérdida de la posesión.

1 de noviembre de 2023
Páginade 5783