CS confirmó sentencia que declaró inadmisible protección deducida en contra de Inspección Provincial del Trabajo de Quillota por acoger impugnación de Sindicato a Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad de empresa.
La recurrente estimó vulnerada sus garantías constitucionales del derecho a desarrollar cualquiera actividad económica que no sea contraria a la moral, al orden público o a la seguridad nacional y su derecho de propiedad.