CS confirmó sentencia que rechazó amparo económico contra Municipalidad de Santiago por restringir giro comercial de vendedor.
Se estimó que con los únicos antecedentes aportados no es posible establecer el daño económico irreparable e irreversible en el patrimonio del afectado, ya que la sola merma en sus ventas no impide a la autoridad modificar el permiso, como efectivamente sucedió.