CS revocó sentencia contra concesionaria que establecía imprescriptibilidad de acción indemnizatoria de Ley General de Servicios Eléctricos.
El máximo Tribunal señaló que, debido a que la Ley General de Servicios Eléctricos no contempla un plazo de prescripción para deducir las acciones indemnizatorias, se deben aplicar las reglas generales.