Corte Suprema de Argentina declara su competencia originaria para conocer del caso de quema de pastizales y destrucción de humedales en la Provincia de Entre Ríos.
Se trata de la simple aplicación del principio de supremacía de la Constitución cuya consecuencia inmediata determina que la jurisdicción originaria y exclusiva de la Corte no está sujeta a las excepciones que pueda establecer el Congreso.