CS confirmó sentencia que declaró inadmisible protección respecto de supuestos dichos ofensivos realizados por Concejal de Arica en contra de Director de Liceo.
Se estimó que de la lectura del libelo de autos, apareció de manifiesto que no se mencionó hechos que puedan constituir la vulneración de garantías de las indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República.