Juzgado Civil de Santiago rechaza demanda por accidente en zoológico metropolitano.
El Tribunal rechazó la demanda de indemnización de perjuicios, tras descartar falta de servicio de la administración del zoológico en el accidente.
El Tribunal rechazó la demanda de indemnización de perjuicios, tras descartar falta de servicio de la administración del zoológico en el accidente.
El Tribunal de alzada redujo la indemnización a pagar de $50.000.00, que había resuelto el Vigésimo Sexto Juzgado Civil de Santiago.
En la resolución la magistrada decretó la consignación de 1.389 días para Tralcal Quidel y de 1.297 días para Tralcal Coche, los que deberán ser abonados a los 18 años que cumplen en la causa.
El Tribunal acogió la solicitud de las partes, las que estuvieron de acuerdo en fijar nueva fecha de juicio oral por las razones de salud esgrimidas por la defensa del acusado Jorge Contreras Figueroa, quien debe someterse a una cirugía por diverticulitis aguda, con un período de recuperación de un mes aproximadamente.
El Tribunal de alzada ordenó a las recurridas gestionar a la brevedad la adquisición y suministro del fármaco Palbociclib, que requiere la paciente.
«Chile necesita reflexionar en estos ásperos momentos y no ceder a la irritación y rabia enclaustrada que algunos expresan por las calles», afirma Clara Szczaranski, Decano de la Facultad de Humanidades U. Mayor.
Cabe recordar que en el mes de octubre, la Comisión de DD.HH. aprobó en general el texto que rebaja la edad para ser ciudadano y otorga el derecho de sufragio en elecciones municipales a quienes hayan cumplido 14 años de edad, y a esta moción se le sumarán dos más, por medio de indicaciones.
Asimismo, se encuentra una propuesta que consagra, como derecho, el acceso al transporte público a los adultos mayores; y una iniciativas que busca prohibir el anatocismo en determinados casos sobre operaciones de crédito de dinero.
La Corte de Apelaciones de Arica señaló que los actos impugnados son ya plenamente ejecutables dada la extemporaneidad del recurso intentado por la actora.
El máximo Tribunal estableció que el actuar de la recurrente no puede ser calificado como ilegal o arbitrario.