CS revocó sentencia que declaró inadmisible protección respecto de resolución que dio de baja al recurrente de la Escuela Militar.
Se estimó que apareció de manifiesto que en el libelo interpuesto en autos se han mencionado hechos que eventualmente pueden constituir la vulneración de garantías de las indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República.