CS revocó fallo y rechaza protección contra estudio de abogados por envío de carta ofreciendo servicios jurídicos a demandada.
La recurrente considera vulnerado sus derechos a la integridad psíquica, a la privacidad y honra, y de propiedad.
La recurrente considera vulnerado sus derechos a la integridad psíquica, a la privacidad y honra, y de propiedad.
El amparado estimó vulnerada su libertad individual.
El recurrente estimó vulnerado su garantía a no ser juzgado por comisiones especiales.
El recurrente considera vulnerado su derecho a la propiedad.
La recurrente estimó vulnerados sus garantías constitucionales del artículo 19 en los numerales 2 y 24.
El máximo Tribunal acogió la acción judicial, tras establecer como arbitrario el actuar de la recurrida.
Recurrente estimó vulnerado el derecho de propiedad.
El máximo Tribunal ordenó que el amparado puede asistir al establecimiento educacional de lunes a jueves en el horario que media entre las 6:45 am y 18:30 pm, así como el día viernes entre las 6:45 a 16:00 horas.
La recurrente considera vulnerado su derecho a la libertad ambulatoria.
La recurrente considera vulnerado sus derechos a la vida e integridad física y psíquica, a la igualdad ante la ley, a la igual protección de la ley en el ejercicio de los derechos, y a la libertad de emitir opinión e informarse.