TRICEL se pronunciará respecto de apelación en caso de reclamación de nulidad contra asamblea de censura de Junta de Vecinos de La Florida.
Corresponde ahora que el Tribunal Calificador de Elecciones se pronuncie sobre el recurso de apelación.
Corresponde ahora que el Tribunal Calificador de Elecciones se pronuncie sobre el recurso de apelación.
La sentencia concluye declarando que los demandantes han prestados servicios bajo subordinación y dependencia en favor de la demandada.
Notificada la demanda existe un plazo de 15 días para contestar, más el término adicional establecido en el artículo 258 del Código de Procedimiento Civil.
La decisión fue acordada con la prevención de los Ministros Muñoz y Sandoval, y el abogado integrante Lagos.
La gestión pendiente incide en autos laborales, seguidos ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco.
La Magistratura Constitucional colombiana revocó el fallo de segundo grado y confirmó el fallo de primera instancia.
El requirente estima que los preceptos impugnados vulnerarían la igualdad ante la ley y el debido proceso.
Se trata de una profesional que, si bien aparece contratada a honorarios, se desempeñó en condiciones que no son compatibles con una prestación de servicios independientes.
Inmediatamente anunció que apelará la decisión de un tribunal de apelaciones para asuntos laborales de Londres.
Aplicando el principio de la primacía de la realidad y acreditándose que existió unidad y continuidad de labores, sujeción a órdenes superiores, pago mensual y fijo, cumplimiento de horarios y registro de asistencias, se concluye que los servicios prestados son “habituales” y se rigen por el Código del Trabajo.