CS desestimó casación en el fondo interpuesta por demandante contra sentencia que acogió incidente de abandono del procedimiento.
Notificación solo a una de las partes de la resolución que abre un término especial de prueba no interrumpe el plazo del abandono del procedimiento, toda vez que para que iniciara el término probatorio especial era indispensable que se notificara a todas las partes del juicio.