CS desestimó excepción de prescripción y acogió demanda de cobro de honorarios provenientes de prestación de servicios de corretaje.
Yerra la sentencia impugnada cuando entiende que el plazo de prescripción de la acción de cobro de honorarios debe computarse a partir de la fecha hasta la cual se prorrogó el plazo para celebrar el contrato prometido.