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En fallo unánime.

CS rechazó protección deducida por un suboficial en retiro contra el Ejército y Dipreca por descontar de su pensión el arriendo y multas por la ocupación irregular de un inmueble fiscal que efectúa su ex cónyuge.

El máximo Tribunal señaló que, encontrándose expresamente reconocido por el recurrente que tomó conocimiento del descuento objeto del reproche en el mes de julio del año 2016, fluye que se ha superado con creces el plazo de 30 días establecido en el Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección para dicho efecto.

21 de julio de 2019
Páginade 5787