CS de Argentina confirmó sentencia que rechazó demandas de habeas data e indemnización de perjuicios contra Google.
De otro lado, la decisión fue acordada con la disidencia parcial del Presidente Lorenzetti y el Ministro Maqueda.
De otro lado, la decisión fue acordada con la disidencia parcial del Presidente Lorenzetti y el Ministro Maqueda.
Dado que en este caso la reclamación fue deducida el día 8 de septiembre, fue presentada fuera de plazo, por lo que debe ser declarada extemporánea.
El requirente estima que el precepto impugnado infringiría los artículos 4° y 5° de la Constitución Política de la República.
En las audiencias se tratará el caso “Poblete Vilches y otros Vs. Chile”.
La demandada adujo que la resolución impugnada incurrió en la causal del artículo 478 letra e) en relación con el artículo 459 N° 4 ambos del Código del Trabajo.
La gestión pendiente incide en autos ejecutivos laborales seguidos ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago.
La mayoría de despachos no han conseguido abarcar y conducir el cambio digital. Siguen acudiendo a los clientes con su viejo modelo en lugar de plantear cómo ofrecer mejores servicios más efectivos.
Este derecho lo puede ejercer sobre informaciones publicadas en medios de comunicación españoles que sean perjudiciales para las instituciones y la sociedad gibraltareña.
Se concluye que un enfoque meramente asistencialista o estrictamente punitivo no logrará la paz social ni cimentará las bases para el desarrollo de quienes viven en La Araucanía.
El máximo Tribunal confirmó la decisión que rechazó la acción cautelar, tras establecer que la recurrida no actuó arbitrariamente al registrar la visita.