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En forma unánime.

CS anuló de oficio sentencia que había acogido excepción de falta de requisitos para que el título tenga fuerza ejecutiva y ordenó continuar con el juicio ejecutivo.

Los jueces de la instancia hicieron lugar a la excepción en estudio apoyados en un hecho ajeno a las circunstancias de hecho formuladas por el demandado, esto es, sobre la base de una supuesta diferencia entre la fecha de la suscripción del documento y la de la autorización de la firma del deudor.

8 de junio de 2019
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