TC deberá pronunciarse sobre constitucionalidad de proyecto que introduce la televisión digital terrestre.
La Cámara de Diputados remitió al TC el proyecto de ley que introduce y regula la televisión digital terrestre.
La Cámara de Diputados remitió al TC el proyecto de ley que introduce y regula la televisión digital terrestre.
Luego de la ceremonia de Instalación y Juramento del Senado de la República para la Legislatura (2014-2018), los parlamentarios electos expresaron sus visiones al asumir este nuevo rol.
Se dedujo recurso de protección en contra de la decisión del Presidente de la República de cerrar el Penal Cordillera y, por consiguiente, de haber ordenado el traslado de los internos al centro de detención ubicado en Punta Peuco.
Diputados electos del oficialismo manifestaron su preocupación por avanzar en temas de integración regional y derechos laborales.
Se solicitó a la Contraloría General de la República –por parte de Carabineros de Chile- exonerar de responsabilidad civil, conforme al artículo 62 de la Ley N° 10.336, a dos funcionarios de la institución, con motivo de los daños ocasionados a un furgón fiscal, y los deterioros que afectaron al bastón retráctil de uno de ellos.
Se dedujo acción de protección indeterminadamente y de acuerdo a lo fijado judicialmente, en contra de la Municipalidad de Santiago y de la Contraloría General de la República, por parte del Presidente del Comité de una comunidad inmobiliaria, a fin de que se declarara ilegal y arbitrario el hecho consistente en el retiro de los pórticos de ese conjunto habitacional, todo lo cual constituiría una vulneración del derecho a la vida e integridad física y psíquica, del derecho a no ser juzgado por comisiones especiales, del derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación y del derecho de propiedad.
Se dedujo amparo de acceso a la información –por parte de un particular- fundado en la falta de respuesta a una denuncia presentada por competencia desleal, consistente en la presencia de “transporte pirata” en el “Aeropuerto Carlos Ibáñez del Campo” de la ciudad de Punta Arenas.
En sus informes, los recurridos solicitaron el rechazo del arbitrio constitucional, sosteniendo que no son efectivos los hechos alegados.
En su sentencia, el Tribunal de alzada capitalino rechazó que la actuación fuera ilegal, toda vez que “responde a una materia que le incumbe informar en razón de la naturaleza de sus funciones, cumpliendo con las exigencias que le impone la normativa citada”.
La moción de los diputados Browne, Farías, Gutiérrez, Meza, Muñoz, Ojeda, Rivas, Sabag, Sepúlveda y Von Mühlenbrock, expone que en el derecho comparado se regula el fuero parlamentario en dos aspectos.