TC no admite a trámite inaplicabilidad de norma de ley 19.880 que dispone que hechos y fundamentos de derecho deben expresarse siempre en aquellos actos que afecten derechos de particulares.
Sin perjuicio de que el actor puede interponerlo nuevamente, cumpliendo con lo dispuesto en los artículos 79 y 80 de la LOCTC.