La capacidad cognitiva del imputado está un poco dañada o alterada pero no en grado suficiente para que no pueda ser responsable de sus actos y comparecer a un tribunal a defenderse con un letrado.
La crítica que ha hecho el recurrente a la valoración del informe psiquiátrico del SML no es suficiente para concluir que el tribunal a quo incurre en el yerro denunciado.