Corte de Santiago anula cobros mensuales por retiro de basura y agua potable a empresa dueña de terreno tomado.
El Tribunal de alzada estableció el actuar ilegal y sin fundamentos en la resolución municipal que dispuso el cobro a la reclamante.
El Tribunal de alzada estableció el actuar ilegal y sin fundamentos en la resolución municipal que dispuso el cobro a la reclamante.
El tribunal determinó que el interés para solicitar la invalidación de la decisión del SEA de tener por acreditado el inicio de la ejecución de un proyecto no requiere ser estrictamente ambiental, por lo que constituyó un vicio de legalidad la negativa de otorgar la calidad de interesado a Allibera Solar Consultores Ltda.
Empresa incumplió parte de las medidas comprometidas para volver al cumplimiento ambiental, luego que la SMA formulara 7 cargos, en su mayoría relativos al tratamiento de residuos líquidos y la superación de dicha normativa.
El máximo Tribunal estableció que en la especie se encuentra justificada la desvinculación del trabajador, quien fue contratado para realizar labores acotadas y no permanentes.
El Tribunal de alzada acogió la acción judicial presentada por la empresa y le ordenó a la Municipalidad de Arica emitir un nuevo pronunciamiento sobre la solicitud de patente, una vez que la sociedad recurrente cumpla con los requisitos detallados en resolución.
El Tribunal de alzada confirmó la sentencia de primer grado que acogió la acción.
Vecino se dirige intencionalmente contra la perrita Luna y la atropella, la cual es auxiliada por los demás perros del sector que se acercan a ella al sentir sus gritos de dolor.
La acción constitucional interpuesta por la Fundación Justicia Interespecie en favor del orangután Sandai, busca el reconocimiento de derechos básicos a su favor, y su traslado desde el Buin Zoo hacia un santuario especializado en grandes primates.
El requirente alega que se le impide arbitrariamente terminar con el procedimiento, vulnerando sus garantías constitucionales.
La incertidumbre respecto de una solicitud de visa, vulnera la garantía fundamental de la seguridad individual del amparado en edad de niñez.