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Argentina.

Hospital debe indemnizar a paciente que se sometió a una cirugía pues se encontró un fragmento de gasa dentro de su abdomen.

Los gastos en que incurre quien sufre un ilícito no necesitan de una acabada prueba documental. Se presume que quien ha sufrido lesiones que requirieron tratamiento médico debe realizar gastos extraordinarios en concepto de medicamentos, sin que obste a tal solución que el afectado haya sido atendido en hospitales públicos o privados, ya que también en estos supuestos debe afrontar ciertos pagos.

29 de noviembre de 2022
Recurso de queja acogido.

La nulidad del despido mantiene subsistente la obligación del empleador de remunerar al trabajador desvinculado hasta que las cotizaciones previsionales sean correcta e íntegramente enteradas en los organismos respectivos.

Los jueces de fondo revocaron la sentencia de base y en su lugar, de oficio, eximieron del pago a empleador y tuvieron por terminada la ejecución sin tener causa legal para ello, decisión adoptada con falta y abuso grave al privar al trabajador de su derecho al debido proceso y conocer los razonamientos adoptados por la Corte para arribar a tal conclusión.

29 de noviembre de 2022
Filiación por solidaridad.

Son válidas las actas de nacimiento que reconocen la calidad de hijos de un causante hereditario, a pesar de no haber sido su padre biológico, resuelve la Corte Suprema de México.

Si bien no puede declararse la invalidez de las primeras actas de nacimiento pues subsiste el tema relativo a la filiación existente entre los recurrentes y su padre biológico, sí se ordenará una anotación marginal en la cual se establezca que se hizo un nuevo registro por virtud de la filiación por solidaridad, con base en el reconocimiento que hizo el causante.

29 de noviembre de 2022
Corte Suprema de Colombia.

No procede rebajar la pena a un condenado que reconoció sus delitos y al que por la vía de un acuerdo se lo libró de resarcir económicamente a las víctimas, acuerdo que se debe dejar sin efecto, como lo prescribe la jurisprudencia.

La aplicación de la jurisprudencia no debe interpretarse como una imposición de esta Corte, sino como la aplicación de la función Constitucional de unificar la interpretación del derecho que le corresponde a cada órgano jurisdiccional, así como también en aras de preservar la vigencia de los principios de seguridad jurídica, confianza legítima en las decisiones de los jueces e igualdad en el acceso a la administración de justicia para la solución de los conflictos.

29 de noviembre de 2022
Páginade 5293