Corte de Concepción acoge acción de protección deducida en contra de Director de Liceo aplicó medida disciplinaria contra alumno.
“Efectivamente la medida adoptada por el funcionario recurrido ha resultado arbitraria, caprichosa y falta de racionabilidad y que ha ido en vulneración de la integridad psíquica del educando (número 1 del artículo 19 de la Constitución Política de la República) y aún contradictoria con su propia reglamentación interna”, circunstancia que determinó acoger la acción de tutela constitucional».