Establecimientos educacionales deben garantizar la participación de menores con discapacidad auditiva en todas las actividades extracurriculares en igualdad de condiciones.
La participación de los niños en situación de discapacidad auditiva y estudiantes del aula multigrado en las actividades extracurriculares que se adelanten en las instituciones educativas es esencial para la garantía del derecho a la educación, desde sus componentes de accesibilidad y adaptabilidad.