Escriben: «El derecho a la salud en las Constituciones Provinciales».
El principal problema del derecho a la salud en Argentina radica en que su cumplimiento está condicionado por los recursos disponibles de los Estados Provinciales.
El principal problema del derecho a la salud en Argentina radica en que su cumplimiento está condicionado por los recursos disponibles de los Estados Provinciales.
Resulta procedente que esa entidad mandante solucione las cantidades que correspondan, toda vez que consta que el pago por el que se reclama fue efectuado después de vencido el plazo consignado.
Las fronteras en el mundo, con la intervención de la tecnología, se están desdibujando y en el derecho mucho más aún.
Se ha incurrido en un error de derecho en el fallo impugnado que ha influido sustancialmente en lo decidido.
La pérdida de oportunidad para el cumplimiento del Decreto y su falta de proporcionalidad, fueron determinantes para que se acogiera el amparo.
Se ordenó al Gobierno Nacional la adopción de un sistema de priorización y la elaboración de un plan de contingencia.
La recurrente estimó vulneradas las garantías constitucionales de integridad psíquica, igualdad ante la ley, debido proceso, la honra y el derecho a educación.
El senador Guillier se reunió además con los representantes de la Red de Afectados Becarios Conicyt y afirmó que «hablamos de ciencia y meritocracia, pero para los futuros doctores se ponen barreras burocráticas».
El Tribunal acogió la acción judicial, tras establecer la responsabilidad de las empresas mineras por no adoptar las medidas de seguridad que evitaran el riesgo de accidentes, como el que le costó la vida a maestro perforista en faena.
El Tribunal acogió parcialmente la demanda de indemnización de perjuicios y la subsidiaria de cobro de pesos, tras establecer el incumplimiento contractual aprobado en agosto de 2012, al no pagar la totalidad de las obras extraordinarias encargadas.