Corte de Santiago sobresee definitivamente a la UAF en las causas iniciadas tras el estallido del caso AC Inversions.
El Tribunal de alzada confirma que deber de confidencialidad de los funcionarios de la UAF, que impone el artículo 13 de la Ley N° 19.913, prevalece a la obligación de denuncia que tienen todos los funcionarios públicos, conforme los artículos 175 y 177 del Código Procesal Penal.