CS ordena pagar prestaciones hasta convalidación de despidos y no hasta fecha de quiebra de empleador.
El máximo Tribunal estableció que la Constructora Visión SpA y la Junji deben cancelar las prestaciones adeudadas, sin que la fecha de la quiebra de la empresa ponga límite para exigir dicho pago a los trabajadores que fueron desvinculados injustificadamente, antes de la fecha de liquidación de la empleadora.