Si el imputado no asiste a las pericias psiquiátricas para determinar su inimputabilidad, procede decretar la reapertura del procedimiento, resuelve la Corte de Valparaíso.
La defensa no tiene contacto con el imputado, ni se han acompañado antecedentes como para resolver la eventual enajenación mental, por lo que procede la reapertura.