Proyecto de ley busca reconocer a los animales como seres sintientes.
La iniciativa pretende modificar el estatus jurídico de cosas muebles que el Código Civil otorga a los animales, y reconocerlos como seres sintientes.
La iniciativa pretende modificar el estatus jurídico de cosas muebles que el Código Civil otorga a los animales, y reconocerlos como seres sintientes.
Mediante la resolución, el Tribunal detuvo la decisión impulsada por el gobierno británico, quien pretendía enviar a los migrantes hacia la nación africana.
El Tribunal estableció la responsabilidad de la empresa en el accidente que se originó debido a las condiciones físicas deficientes del conductor del vehículo de pasajeros que volcó a la altura del puente El Teniente, comuna de Ovalle, y dejó a cuatro pasajeros fallecidos y numerosos lesionados.
El máximo Tribunal descartó error en la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Temuco, que confirmó la de primer grado que estableció que la demanda fue presentada con posterioridad al vencimiento de los cuatro años de prescripción.
El Tribunal de alzada acogió la acción presentada por víctimas de violaciones a los derechos humanos y estableció que, con la mantención de la estatua, la Armada incurre en ilegalidad al contravenir la garantía de no repetición de delitos de lesa humanidad en el país, que es uno de los principios integrantes de la debida reparación a las víctimas, exigencia de la cual la recurrida no se encuentra ajena.
La Comisión de Salud también aprobó la propuesta que incorpora nuevas profesiones médicas al Código Sanitario y la que elimina la facultad de las Isapres de solicitar la declaración de invalidez de un afiliado.
Dueña del predio habría demandado a su hija por el mismo motivo, por lo tanto, no puede invocar el artículo 2195 del Código Civil, al constarle más allá de la ignorancia o mera tolerancia la ocupación del inmueble ejercida por la recurrente.
El efecto decretado sólo recae en los actos administrativos, y no paraliza los plazos de reclamación establecidos en la Ley Orgánica de Municipalidades.
La interpretación contraria implica sostener que dicha facultad fue suprimida por el legislador, lo que no ha ocurrido.
Tal acto constituye una vulneración al principio non bis in ídem reconocido por el derecho administrativo sancionador.