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Comandante en Jefe del Ejército debe fijar los aranceles a pagar.

CGR determinó que Comando de Salud del Ejército cuenta con atribuciones para establecer un fondo solidario de salud.

El dictamen consigna que el artículo 6° de la ley N° 19.465 establece, en el marco del referido sistema de salud, que a cada Comandante en Jefe institucional le corresponde fijar el valor de las prestaciones básicas que otorgue dicho régimen a sus beneficiarios, de acuerdo a los criterios que fije el reglamento, el cual hasta la fecha no ha sido dictado.

27 de febrero de 2018
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