CS desestimó nulidad interpuesta por condenados contra sentencia de juicio oral que los condenó como autores del delito de tráfico de drogas.
Sólo a quienes se realiza una intervención telefónica sin autorización judicial pueden reclamar vulneración a sus derechos fundamentales. Escucha que alertó a la Policía de comisión del delito no fue realizada a los acusados, sino que se ejecutó en comunicaciones de un tercero.