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La decisión de primera instancia fue adoptada por Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.

Corte de Santiago confirmó incompetencia de Juzgados Laborales para conocer de reclamaciones vinculadas a la calificación de servicios mínimos.

La sentencia precisa que el pronunciamiento de la Corte que le ha sido requerido en este caso, no se extiende a la posibilidad o imposibilidad de controlar judicialmente un acto de la Administración, sino que el asunto versa sobre si tal revisión puede efectuarla, con arreglo a la ley, un tribunal del trabajo.

24 de octubre de 2017
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