CS rechaza casaciones y declara competencia de tribunales del trabajo para conocer de demandas por daño moral.
“el fundamento esgrimido por el tribunal de alzada para decidir la incompetencia absoluta del tribunal civil que estaba conociendo del asunto radicó en la circunstancia que la propia demandante enderezó su pretensión indemnizatoria sobre la base de los supuestos del régimen de responsabilidad contractual”.