Impugnación de norma que dispone el abandono del recurso por falta de comparecencia en proceso penal, se declaró derechamente inadmisible por el Tribunal Constitucional.
El precepto legal impugnado no resultará decisivo en la resolución del asunto.
El precepto legal impugnado no resultará decisivo en la resolución del asunto.
La solicitud de restitución se funda en el artículo 2180 Nº2 del Código Civil, pues existe una necesidad imperiosa y urgente del inmueble para establecer una segunda vía de evacuación de un colegio.
Debe primar el principio in dubio pro recurso, máxima según la cual, ante la existencia de un dilema sobre la concesión, tramitación o decisión de cualquier medio de impugnación, debe preferirse la interpretación que mejor convenga a la eficacia del recurso.
No existe un actuar ilegal o arbitrario por la recurrida, la cual se ha limitado simplemente a cumplir el mandato que le confiere el Reglamento de Copropiedad.
No existe gestión judicial pendiente.
El trabajador dejó de percibir un ingreso al que se obligó el empleador, por lo que procede que se le indemnice con la suma correspondiente a esa pérdida patrimonial.
El actor había detentado la calidad de martillero y se encontraba inhabilitado.
Los recurridos deberán permitir el paso de la actora a través del camino objeto de la controversia.
Se hizo efectivo el apercibimiento, pues el requirente no dio cumplimiento oportuno a lo ordenado por la Sala.
El plazo de prescripción de la pena no se ve interrumpido por el hecho de que la persona condenada se haya dado a la fuga.