CS desestimó nulidad interpuesta por la defensa del acusado contra sentencia que lo condenó como autor del delito de microtráfico.
Si el autor mantenía en su poder 13 plantas vivas de marihuana, ello descarta la hipótesis de autoconsumo, por lo que su conducta revistió un peligro para la salud pública, bien protegido por el tipo penal de microtráfico.