Iniciativa modifica regulación del fuero parlamentario.
Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado.
Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado.
La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de amparo, mas, la Corte Suprema, en alzada, revocó esta resolución.
Para esta convocatoria, los trabajos serán publicados en diciembre del 2015 en la Revista de Estudios Constitucionales de la Casa de Estudios, previo proceso editorial.
El Consejo concluye acogiendo parcialmente el presente amparo, reservando el informe psicolaboral solicitado y todo antecedente que contenga el denominado juicio de expertos.
La CGR concluye que, contrariamente a lo que opina el municipio ocurrente, el dictamen N° 73.005 de 2014, resulta del todo armónico con lo que habría resuelto la Corte Suprema.
La Corte de Apelaciones de Temuco rechazó el recurso de protección, mas, la Corte Suprema, en alzada, revocó esta resolución.
Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado.
La gestión pendiente invocada incide en autos sobre delito de incumplimiento de deberes militares seguidos ante el Juzgado de Aviación y substanciados por la Ministra en Visita Extraordinaria, doña Dobra Lusic Nadal.
Concluye la CS arguyendo que se tiene que la actuación que motiva la presente casación substantiva, si bien no padece de los yerros que plantea el recurrente contraría una de las betas más profundas de la racionalidad presupuestada por el artículo 19 N° 3° inciso sexto de la ley primera.
La decisión fue acordada con el voto en contra de la Ministra Pinto, quien estuvo por acoger el recurso de amparo, debido a «(…) que a la jurisdicción militar corresponde el conocimiento de causas y hechos determinados en el artículo 5 del Código de Justicia Militar».