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En fallo unánime.

Corte de La Serena ordena a multitienda rectificar turnos de trabajo.

El Tribunal de alzada acoge el recurso de la organización gremial y dicta sentencia de reemplazo, estableciendo que «a la luz de las disposiciones aludidas el empleador no puede modificar la malla de turnos a su arbitrio y debe ser con acuerdo de la demandante».

23 de febrero de 2017
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