TC se pronunciará respecto del fondo de inaplicabilidad que impugna normas del Código Civil sobre el dolo.
Se ordenó la suspensión del procedimiento sustanciado ante el 14° Juzgado Civil y la Corte de Apelaciones de Santiago.
Se ordenó la suspensión del procedimiento sustanciado ante el 14° Juzgado Civil y la Corte de Apelaciones de Santiago.
Solicitaron al TC ser oídos un total de 47 comparecientes, determinándose asignar un tiempo de diez minutos por cada uno.
En la sentencia, se expone que el actuar de Detacoop resulta arbitrario, pues precisamente importa una vulneración del uso razonable de sus facultades legales.
Indica la moción que no se debe perjudicar el desempeño y desplazamiento de vehículos de emergencia.
Se considera que Conadecus tiene legitimación activa para defender intereses colectivos.
La gestión pendiente invocada incide en autos de recurso de casación en la forma y en el fondo contra la sentencia definitiva de segunda instancia dictada por la Corte de Apelaciones de Concepción.
Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada por la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización del Senado.
Concluye la CGR expresando que no se aprecia reproche de juridicidad que formular en el aspecto analizado.
Las gestiones pendientes invocadas inciden en autos seguidos ante el Sexto Juzgado de Garantía de Santiago, en actual conocimiento de la Corte de Apelaciones de Santiago, por recurso de hecho.
Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado.