No se puede formalizar al imputado por un ilícito distinto a aquel por el cual el juez de garantía está llamado a controlar su detención, pues con ello se vulnera el debido proceso.
La actuación del Tribunal de anular de oficio la resolución que rechazó formalizar al adolescente por un delito distinto al que motiva el control de detención, no sólo es contraria a sus propios actos, sino que deja en la indefensión a la defensa.