CS revoca sentencia y acoge protección contra negativa de Universidad a otorgar título profesional por deuda.
La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección, mas, la Corte Suprema –en alzada- revocó esta decisión.
La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección, mas, la Corte Suprema –en alzada- revocó esta decisión.
La gestión pendiente invocada incide en autos sobre malversación de fondos públicos de que conoce el Juzgado de Garantía de Puerto Varas.
El Contralor concluye que no han resultado procedentes los nombramientos realizados por esa autoridad comunal, debiendo la aludida entidad edilicia adoptar las medidas que sean necesarias, informando de ello en el plazo de 30 días.
Los artículos transitorios fueron aprobados en la citada Comisión por 4 votos a favor y dos abstenciones.
En su sentencia, adujo el Tribunal Laboral que “es la prueba testimonial de la propia denunciada la que nos da la respuesta: tal y como lo afirma el actor en su demanda, éste fue despedido por sus problemas de salud mental (…)”.
El Ministro en visita extraordinaria para causas por violación a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Leopoldo Llanos, dictó sentencia en dos procesos por violaciones a los derechos humanos.
La iniciativa se encuentra en segundo trámite constitucional, en análisis por la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización del Senado, y se espera que en los próximos días se inicie una ronda de audiencias.
Concluye la sentencia expresando que los hechos antes descritos han afectado y/o amenazado la integridad psíquica y el derecho de propiedad de la recurrente.
Expone el fallo que no existe constancia de restricciones particulares a su modificación por parte de la Asamblea de Copropietarios, la cual, de hecho, ya ha introducido modificaciones en ocasiones anteriores, según da cuenta el propio Reglamento.
La Magistratura Colombiana concluye sosteniendo que esta regla y la restricción en ella contenida resulta proporcionada.